la Constitución de 1863, tuvo un carácter liberal, laico y federal. Los Estados Unidos de Colombia, como se llamó el país a partir de 1863, establecieron una confederación de nueve Estados soberanos con una gran autonomía en la cual pocas funciones correspondían al Gobierno Central y las demás a los Estados que integraban la federación. Cada Estado tenía rentas, potestad legislativa y gobierno propio debiendo ser, eso sí, “popular, electivo, representativo, alternativo y responsable”. Los nombramientos de los secretarios de Estado (hoy ministros), de los agentes diplomáticos y de los jefes militares se sometían a la aprobación del Senado, que también elaboraba una lista de candidatos para que el Presidente eligiera el General en Jefe del Ejército nacional. En un tema que es de vital importancia en nuestros días, los Estados tenían a su cargo la conservación de la paz en sus territorios, y para ello podían tener fuerza pública, permitiéndose la existencia de políticas regionales de paz, lo cual en estos momentos parece impensable, incluso subversivo. Se consagró un Estado laico respetuoso de la libertad religiosa, totalmente separado de la autoridad de la Iglesia católica; se estableció un catálogo de libertades individuales que situó a Colombia a la vanguardia jurídica y política de la época en donde, por ejemplo, se consagró la libertad de palabra, la libertad “absoluta” de prensa, la de pensamiento; se incorporó el derecho de gentes a la legislación nacional para poner término a las guerras civiles por medio de tratados entre los beligerantes –no se les llamaba delincuentes o enemigos–, con la advertencia de que “deberán respetar las prácticas humanitarias de las naciones cristianas y civilizadas”; se eliminaron privilegios y distinciones como la del fuero para los sacerdotes; se abolió la pena de muerte; se consagró la libertad de enseñanza bajo criterios científicos y modernos y se creó en este periodo la Universidad Nacional; se contempló la abolición de monopolios y se instauró el libre cambio económico.
jueves, 3 de marzo de 2016
CONSTITUCION DE 1866
La Constitución de Colombia
de 1886 fue la Carta Política Nacional que rigió la vida constitucional de
Colombia desde finales del siglo XIX hasta finales del siglo XX cuando fue
derogada por la Constitución de 1991. Esta constitución tuvo gran apogeo
porque le devolvió los derechos constitucionales a más de la mitad de los
ciudadanos del país, los liberales le habían quitado todo derecho a la Iglesia
y mediante las nuevas medidas se devolvió el poder a los miembros de la iglesia
y se reconoció a la religión católica como la única y oficial. Además de esto dicha constitución acabó con el federalismo, es decir, con la
autonomía de las provincias, que de allí en adelante pasaron a llamarse
departamentos, cuyas autoridades serían designadas directamente por el
presidente. Reconoció además a la religión católica como la religión única y
oficial. Dos puntos de partida diametralmente opuestos han tenido las dos
últimas constituciones de Colombia: la del 8 de mayo de 1863 tenía por base
este principio: la nación colombiana es un compuesto; no tiene vida propia; no
tiene soberanía como atributo histórico y científico; se forma por aglomeración
o confederación, mediante el agrupamiento (bajo un gobierno común, artificial y
de muy limitadas facultades) de nueve Estados que previamente han asumido el
carácter de independientes y soberanos, y se lo han reconocido mutuamente,
según lo han declarado sus representantes, previo un pacto de unión provisional
(2 O de septiembre de 1861).
La Constitución del 5 de agosto de 1886 parte del
principio contrario: de hecho habían quedado los Estados privados de su
soberanía, a virtud de la revolución vencida y la transformación verificada en
1885. En el nuevo orden de cosas no se reconoce más soberanía que la nacional;
la república entera, compuesta de los nueve Estados anteriores (llamados ahora
Departamentos), reasume la plenitud de la soberanía; la soberanía histórica y
tradicional; la soberanía que arraigaba en la verdad de los hechos sociales; la
soberanía de todo el pueblo colombiano (el que se independizó de 18 lOa 1819)
sobre la totalidad del territorio que, bajo la dominación de España, perteneció
al Virreinato de la Nueva Granada. la Constitución de 1886 se ha ajustado a la
lógica de la verdad cuando ha llamado a la nación: República de Colombia que
significa unidad nacional de los colombianos, que forman un solo pueblo, y
poseen, por lo tanto, una sola soberanía.
CONSTITUCION DE 1858
El antiguo virreinato de la nueva granada, se rigió siempre por una sola voluntad y una sola ley: la real. Por ende el federalismo en los albores de nuestra emancipación no fue signo de unión sino por lo contrario causa de guerras civiles.
La constitución de 1858 declaraba: “los estados de Antioquia, bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Panamá y Santander se confederan a perpetuidad, forman una nación soberana, libre e independiente, bajo la denominación de confederación granadina y se someten a las decisiones del gobierno general (fragmento fue sacado de http://doctrina.vlex.com.co/vid/constitucion-confederacion-granadina-324671359)
esta constitución desapareció la esclavitud por completo, además se amplio el reconocimiento de los derechos humanos, mientras que fueron implantados los juicios penales y la prensa tuvo una mayor libertad.
Hay que señalar que muy a pesar que la Constitución de
1831 suprimió de facto a los departamentos, estos fueron
reincorporados a la Constitución citada por medio de leyes
reformatorias tales como la Ley del 11 de junio de 1856
donde se creó el Estado de Antioquia, Ley 13 de mayo
de 1857, 15 de junio de 1857, que crearon los Estados de
Santander, Cauca, Cundinamarca, Boyacá, Bolívar y Magdalena
respectivamente, y a partir de la Constitución Política
de 1858 integraron la “Confederación Granadina”.
miércoles, 2 de marzo de 2016
CONSTITUCIÓN DE 1853
bajo el gobierno de José Hilario López, se produjo un nuevo acto constitucional, de corte liberal, influido por los sucesos de la revolución de 1848 en París, en el cual se ampliaba la gama de derechos y libertades: apertura a capitales extranjeros, libertad de industria y trabajo, de culto, respeto del domicilio, libertad de pensamiento y de cátedra así como derecho de reunión, concesión de la ciudadanía a los neogranadinos de veintiún años y ampliación de las autonomías provinciales.
Favorecido por el nuevo ambiente constitucional, se creó la Comisión Corográfica, bajo la dirección de Agustín Codazzi. Comenzaron a producirse las reformas que apuntaban a la modernización del país. La Constitución de 1853 es la más liberal que tuvo Colombia en el siglo XIX.
En esta Constitución política sancionada el veinte de abril de mil ochocientos cuarenta y tres no satisface cumplidamente los deseos, ni las necesidades de la Nación;
En virtud de la facultad de adicionar y reformar la misma Constitución, que por ella está conferida al Congreso, y procediendo por los trámites y según la extensión de poderes, que permite el acto adicional a la Constitución de 7 de marzo de 1853, decreta la siguiente: Constitución Política de la Nueva Granada.
esta consiste en:
Capítulo I. De la República de la Nueva Granada y de los granadinos
Capítulo II. Del Gobierno de la República
Capítulo III. De las elecciones
Capítulo IV. Del Poder Legislativo
Capítulo V. Del Poder Ejecutivo
Capítulo VI. De la formación de las Leyes
Capítulo VII. Del Poder Judicial
Capítulo VIII. Del régimen municipal
Capítulo IX. Disposiciones varias
Capítulo II. Del Gobierno de la República
Capítulo III. De las elecciones
Capítulo IV. Del Poder Legislativo
Capítulo V. Del Poder Ejecutivo
Capítulo VI. De la formación de las Leyes
Capítulo VII. Del Poder Judicial
Capítulo VIII. Del régimen municipal
Capítulo IX. Disposiciones varias
martes, 1 de marzo de 2016
CONSTITUCIÓN DE 1843
Al finalizar la Guerra de los Supremos, el presidente colombiano José Ignacio de Márquez consideró que las ideas liberales y federalistas eran parte de las causas de la inestabilidad política del país. Para remediar este problema, el 20 de abril de 1843 el Congreso redactó una nueva Constitución.
A diferencia de su antecesora, la Constitución de 1843 fortalecía el régimen centralista al ampliar el poder del Presidente y al quitarles buena parte de la autonomía a las provincias. Además, se reducía la ciudadanía a los varones de 21 años, alfabetos y dueños de bienes raíces superiores a 300 pesos o receptores de renta anual mayor a 150 pesos, con lo que también se eliminaba el sufragio universal.
en esta constitución se Suprimió el consejo de estado, el presidente recibió grandes facultades las asambleas provinciales perdieron sus funciones. Mariano Ospina Rodríguez fue el más eficiente colaborador de Herrán en el desarrollo de su política interior; a él se debió un nuevo plan de estudios que reemplazo la enseñanza de la filosofía de Tracy por la espiritualista de Jaime Balmes y suprimió los estudios de legislación de jeremías Bentham. Se impuso una sebera reglamentación a los estudiantes universitarios a quienes se les prohibió trabajar para que se dedicaran todo el tiempo al estudio. En los colegios de san Bartolomé y el rosario se prohibió usar ruana capa o cualquier clase de abrigo y en los demás colegios se implanto el uso de vestido uniforme. Se fundaron en este periodo colegios y escuelas normales; se abrieron caminos y se hiso un censo de población que dio la cifra de 1.812.500 habitantes en la nueva granada. Se dispuso empadronar a los esclavos cada 5 años para controlar fugas o nuevas sublevaciones, pues su trabajo seguía siendo la mano de obra básica de los grandes terratenientes, en especial en la provincia del cauca en donde se concentraba el 50% de todos los esclavos del país.
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